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Myretta & Thomas Knorr
✦ Certified Specialist in Workers’ Compensation Law — Certified by the State Bar of California, Board of Legal Specialization ✦
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Por Eman Yazdchi, Esq. · Especialista Certificado en Derecho de Compensación Laboral, State Bar of California Board of Legal Specialization
En California, el calendario de pago de incapacidad permanente combina una tasa semanal de indemnización con una tabla estatutaria de semanas pagaderas por porcentaje de incapacidad permanente. Convierte mecánicamente una calificación en dólares totales, pagados semanalmente después de que termina la incapacidad temporal.
El Código Laboral §4658 establece el calendario de pago de incapacidad permanente de California — una tasa semanal de indemnización combinada con una tabla estatutaria de semanas pagaderas en cada porcentaje de incapacidad permanente. Esta es la conversión mecánica: una vez fijada la calificación de incapacidad permanente del Código Laboral §4660, el §4658 produce el monto en dólares y la duración del pago. Los pagos de incapacidad permanente bajo el §4658 comienzan una vez que termina la incapacidad temporal, bajo la regla de tiempo de pago de 14 días del Código Laboral §4650, y continúan semanalmente hasta que se agoten las semanas programadas (con la pensión vitalicia del Código Laboral §4659 extendiendo más allá para trabajadores con alta incapacidad permanente).
Bajo el Código Laboral §4658, el calendario de semanas pagaderas de incapacidad permanente aumenta con la calificación de incapacidad permanente. Un trabajador con calificación baja (menos del 10%) recibe un número pequeño de semanas programadas; un trabajador con calificación media (30-50%) recibe varios años de pagos semanales; un trabajador con calificación alta (70-99%) recibe muchos años en el calendario, después de lo cual la pensión vitalicia del Código Laboral §4659 toma el relevo. La estructura del calendario reconoce que las lesiones más incapacitantes requieren un reemplazo salarial más largo; los conteos reales de semanas están fijados por el estatuto del §4658 vigente en la fecha de la lesión.
Bajo el Código Laboral §4658, la tasa semanal de indemnización por incapacidad permanente de California se fija por la fecha de la lesión y las ganancias semanales promedio del trabajador, sujeta a un máximo y un mínimo estatutarios. La indemnización semanal por incapacidad permanente es más baja que la tasa de incapacidad temporal del Código Laboral §4653 — representa un beneficio diferente (compensación por discapacidad permanente en lugar de reemplazo salarial durante la recuperación). La tasa semanal del §4658 que aplica se fija a partir de la fecha de la lesión; los montos máximos y mínimos del §4658 son diferentes a los del §4653 aunque ambos se ajustan con el tiempo.
Bajo el Código Laboral §4660 (método de calificación) y el Código Laboral §4658 (calendario de pago), el pago del §4658 depende enteramente del resultado de la calificación del §4660. La calificación del Código Laboral §4660 combina la discapacidad de la persona entera de las AMA Guides Quinta Edición con la edad, ocupación y factor de capacidad futura de ingresos disminuida (DFEC) del trabajador para producir un porcentaje final de incapacidad permanente de California. Ese porcentaje luego se introduce en el calendario de semanas pagaderas del §4658, multiplicado por la tasa semanal de indemnización del §4658, para producir el premio total de incapacidad permanente en dólares. La calificación del §4660 está aguas arriba del pago del §4658.
Bajo el Código Laboral §4663 (repartición) y el Código Laboral §4659 (pensión vitalicia), el pago de incapacidad permanente del §4658 puede reducirse o extenderse en ambos extremos. La repartición del Código Laboral §4663 reduce la calificación final que alimenta al calendario del §4658 — una repartición no industrial del 25% reduce una calificación del §4660 del 80% al 60% antes de que el §4658 calcule los dólares. En el extremo alto, cuando la calificación posterior a la repartición del §4660 es de 70-99%, la pensión vitalicia del Código Laboral §4659 entra en vigor después de que se agotan las semanas programadas del §4658 y paga de por vida.
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Tap to call →Para un trabajador de California con discapacidad permanente, el Código Laboral §4658 convierte la calificación médica en dólares semanales — y, junto con la pensión vitalicia del Código Laboral §4659, determina si esos pagos terminan o continúan de por vida. Una calificación del 70% o más, posterior a la repartición del Código Laboral §4663, abre la puerta a esa pensión vitalicia.
Última revisión por Eman Yazdchi, Esq., mayo de 2026.
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