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California · Compensación Laboral

¿Puedo Recibir Desempleo y Compensación Laboral en California?

Generalmente no. La incapacidad temporal dice que usted no puede trabajar, y el desempleo exige lo contrario: que pueda y esté disponible. Compare cada semana con el reporte médico. Llame al (661) 273-1780 si no está seguro.

Eman Yazdchi, Esq., Especialista Certificado en Derecho de Compensación Laboral, California Board of Legal Specialization, State Bar of California.

No Paga Si No Ganamos (Pueden Aplicar Costos)English · Español · Farsi14+ Años
Eman Yazdchi, Certified Specialist in Workers' Compensation Law (California Board of Legal Specialization, State Bar of California)
Eman Yazdchi, Esq.Certified Specialist, Workers’ Compensation Law
California Board of Legal Specialization, State Bar of California
14+
Años de práctica
2,000+
Casos manejados en 14+ años
$50M+
Recuperado en 14+ años
3
Idiomas: English, Español, Farsi

Los resultados pasados no garantizan, aseguran ni predicen casos futuros. Cada caso es diferente y los resultados dependen de hechos y circunstancias específicas.

Preparado por Yazdchi Law

¿Puedo recibir desempleo mientras mi caso de compensación sigue abierto?

Generalmente no, por las mismas semanas. La incapacidad temporal dice que usted no puede trabajar. El desempleo exige que sí pueda y esté disponible.

Un accidente de trabajo puede detener su salario de un día para otro. A veces los pagos de compensación del trabajador se retrasan. A veces la aseguradora niega el reclamo. Por eso muchos trabajadores piensan en pedir desempleo al EDD.

El problema es simple. Los dos sistemas le piden lo opuesto. La compensación laboral paga cuando un doctor dice que no puede trabajar. El desempleo es distinto. Paga solo si usted puede trabajar. Y si está listo para aceptar empleo.

Esta página explica ese choque. También explica qué cambia con trabajo liviano. Explica en qué se diferencia del SDI. Y explica qué pasa si el EDD dice que pagó de más.

¿Por qué chocan el desempleo y la incapacidad temporal?

La incapacidad temporal depende de que un doctor diga que no puede trabajar. El desempleo depende de que usted sí pueda y esté disponible.

Un doctor autorizado certifica la incapacidad temporal. Esa certificación dice que la lesión le impide trabajar. Puede ser total o parcial. El Código Laboral 4650 exige el primer pago dentro de 14 días.

El desempleo funciona al revés. Para calificar, usted debe poder trabajar. Debe estar disponible de inmediato. Debe buscar trabajo cada semana. Debe certificar esto cada dos semanas ante el EDD.

¿Dice el reporte médico que no puede trabajar nada? Entonces no le diga lo contrario al EDD. Esa diferencia puede crear un problema serio.

La incapacidad temporal puede durar hasta 104 semanas. Ese límite corre dentro de cinco años desde la lesión. Hay excepciones para lesiones graves (Código Laboral 4656). Mientras tanto, cada pago de desempleo debe coincidir con su estado médico. Revíselo cada semana.

ProgramaQué debe ser cierto esa semana para calificar
Incapacidad temporal (compensación laboral)Un doctor certifica que la lesión de trabajo le impide trabajar, total o parcialmente
Seguro de desempleo (EDD)Usted puede y está disponible para trabajar, busca empleo, y acepta trabajo adecuado de inmediato
SDI, Seguro de Incapacidad del Estado (EDD)Una condición médica, relacionada o no con el trabajo, le impide trabajar

¿Cambia algo si el doctor autoriza trabajo liviano?

Sí, tal vez. ¿Puede hacer algún trabajo con límites? Entonces tal vez cumpla el requisito de poder y estar disponible.

Trabajo liviano no es igual a incapacidad total. El doctor permite tareas limitadas. Usted podría cumplir el requisito del EDD. Pero debe buscar trabajo dentro de esas limitaciones. No diga que puede hacer más de lo permitido.

Su empleador puede ofrecer un puesto modificado. Esa oferta puede cambiar sus pagos. También puede cambiar cómo debe responder al EDD. Revise qué pasa si su empleador le ofrece trabajo modificado antes de decidir.

¿Es lo mismo el SDI que el desempleo?

No. El SDI paga cuando una condición médica le impide trabajar. El desempleo paga cuando usted puede trabajar pero no tiene empleo.

El SDI y el desempleo son programas separados. Los administra la misma agencia, el EDD. El SDI paga por cualquier condición médica. No importa si es de trabajo o no. El desempleo paga cuando usted puede trabajar pero no encuentra empleo.

Según el EDD, no es común recibir compensación laboral y SDI juntos. Tampoco es común con el Permiso Familiar Pagado. Pero hay excepciones. Una es si la aseguradora retrasa o niega el pago. Otra es si ese pago es menor que el del SDI. Otra es si ese pago solo cubre gastos médicos.

Esas excepciones son del SDI, no del desempleo regular. Para el desempleo, la pregunta es siempre la misma. ¿Puede y está disponible para trabajar esa semana?

¿Qué pasa si el EDD dice que hubo un sobrepago?

El EDD puede pedir que devuelva el dinero. También puede agregar una multa del 30 por ciento. Eso pasa si cree que usted mintió a propósito.

Un sobrepago pasa cuando el EDD le pagó de más. Por ejemplo, si esas semanas ya tenían incapacidad total. Si el EDD cree que usted mintió a propósito, lo llama fraude. Debe devolver el dinero. Más una multa del 30 por ciento. También puede perder beneficios futuros hasta por 23 semanas.

Si no hubo intención, es un sobrepago no fraudulento. Debe devolver el dinero, pero sin multa.

El EDD avisa con una carta. Se llama Aviso de un Sobrepago (DE 1444). O Notificación de Negación y Sobrepago (DE 1480). Usted puede apelar. Hágalo por escrito dentro de 30 días desde el envío.

¿Qué debo reunir antes de solicitar o certificar?

Junte la nota médica, los avisos de la aseguradora, los talones de pago, y cualquier oferta de trabajo.

  1. El reporte médico más reciente, con las restricciones exactas.
  2. Los avisos de la aseguradora de su reclamo.
  3. Los talones de pago de cada semana.
  4. Cualquier oferta de trabajo modificado, por escrito.
  5. Copia de cada certificación ya enviada al EDD.

Ponga el estado médico de cada semana junto al pago de esa semana. ¿Cambió el estado a mitad de semana? Anote la fecha exacta. Hágalo antes de certificar esa semana ante el EDD.

Resultados en casos como este

Cada caso es diferente. Los resultados pasados no garantizan, aseguran ni predicen un resultado similar.

$5,000,000

Catastrophic spinal cord injury

$1,500,000

Cervical spine injury

$425,000

Slip and fall accident

01

Consulta gratis

Llame o envíe el formulario corto. Revisamos su caso, le explicamos sus derechos y sus opciones. Gratis y sin compromiso.

02

Preparamos su caso

Reunimos la evidencia médica, tratamos con la aseguradora y presentamos todo el papeleo de la corte de compensación laboral (WCAB) por usted.

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Buscamos cada beneficio

Atención médica, salarios perdidos y beneficios por discapacidad permanente. No paga honorarios si no ganamos; pueden aplicar costos.

¿Quién puede revisar mis documentos del EDD y de mi caso laboral?

Una revisión puede comparar tres cosas. La nota médica, los pagos, y las certificaciones semana por semana.

Yazdchi Law revisa casos de compensación laboral. Atiende a trabajadores de varias ciudades. Sus casos pueden pasar por la Junta de Apelaciones de Compensación de Trabajadores (WCAB). Por ejemplo, Van Nuys, Los Angeles, Long Beach, Pomona, San Bernardino, Riverside, u Oxnard. La oficina del bufete está en Palmdale. El bufete representa a trabajadores lesionados en todo California.

Llame al (661) 273-1780. Hable con Eman Yazdchi antes de solicitar o certificar desempleo. También puede usar el formulario de contacto. Esto ayuda si no está seguro de qué decir. El bufete revisa cada caso por separado. No promete por adelantado que aceptará un caso nuevo.

Lleve la nota del doctor y los avisos de la aseguradora. Lleve también los talones de pago y cualquier oferta de trabajo por escrito. Una tabla semana por semana ayuda. Ponga el estado médico junto a cada pago.

Si ya certificó ante el EDD, guarde copia de cada respuesta. No asuma que una cuenta en línea seguirá disponible después. Compare cada semana con su estado médico de esa fecha.

¿Lesionado en el trabajo? Hable con nosotros gratis.

La mayoría de los reclamos deben presentarse dentro de un año según la sección 5405 del Código Laboral. Una llamada gratis le dice cómo está su plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Debo decirle al EDD sobre mi reclamo de compensación laboral?

Sí. Conteste con la verdad. Hágalo si una pregunta menciona lesión, incapacidad, pagos, o restricciones. Omitir el reclamo puede causar un sobrepago. También puede dañar su credibilidad.

¿Puede una respuesta equivocada al EDD afectar mi reclamo laboral?

Puede. ¿Coincide lo que usted dijo al EDD con lo que dice el doctor? Si no, hay un problema. El ajustador o un abogado de la defensa puede pedir sus registros. Use siempre las mismas restricciones médicas de esa semana.

¿Puedo solicitar desempleo si soy indocumentado?

Para el desempleo, el EDD pide un número de Seguro Social. O pide permiso para trabajar en Estados Unidos. La compensación laboral es distinta. Cubre a todos los empleados lesionados. No importa su estatus migratorio (Código Laboral 3351). Lea más sobre los derechos del trabajador indocumentado.

¿Qué hago si mi estado de trabajo cambia a mitad de semana?

Anote la fecha exacta del cambio. Esa fecha afecta cómo cuenta la semana en los dos sistemas. Guarde la nota médica anterior y la nueva. No trate todo el mes igual. Una sola restricción no siempre aplica todo el tiempo.

¿Qué pasa si mis pagos de incapacidad se detienen antes de 104 semanas?

Primero revise por qué se detuvieron. Un retraso no siempre significa algo. El desempleo podría no ser la mejor opción. Lea qué hacer si se detienen o cambian los pagos. Guarde cada aviso que reciba.

¿Cuánto cuesta consultar a un abogado antes de solicitar desempleo?

La consulta inicial es gratis. Si contrata representación, el costo depende del acuerdo final. Un juez de la WCAB debe aprobarlo. Lea cuánto cuesta un abogado laboral en California.

¿Qué pasa si cobro desempleo y después me aprueban las mismas semanas?

Avise al EDD de inmediato. El EDD y la aseguradora pueden necesitar ajustar esos pagos. Guarde un registro de fechas y montos. Pida ayuda si no sabe cómo reportar el cambio.

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