California · Compensación Laboral
¿Debo Pedir un Adelanto de Dinero Antes de Resolver mi Caso Laboral?
No. En la mayoría de los casos, nadie puede poner un gravamen legal sobre su compensación laboral solo porque usted pidió dinero prestado contra su caso abierto. La ley de California no permite ceder ese tipo de reclamo antes de que se pague. Un préstamo antes del acuerdo es, en realidad, una deuda privada con esa empresa. No es un derecho sobre su caso. Un adelanto legal de incapacidad permanente suele llenar el mismo vacío de dinero sin ese riesgo.
Eman Yazdchi, Esq., Especialista Certificado en Derecho de Compensación Laboral, California Board of Legal Specialization, State Bar of California.
California Board of Legal Specialization, State Bar of California

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Los resultados pasados no garantizan, aseguran ni predicen casos futuros. Cada caso es diferente y los resultados dependen de hechos y circunstancias específicas.
Preparado por Yazdchi Law
¿Debo pedir un adelanto de dinero antes de mi acuerdo laboral?
Casi nunca. Este tipo de préstamo no es un derecho garantizado sobre su caso. Es una deuda privada. Usted promete pagarla por separado.
Una empresa privada ofrece este dinero mientras su caso todavía está abierto. El mensaje de venta es simple. Usted recibe dinero ahora. La empresa espera cobrarlo cuando su caso se resuelva.
La necesidad detrás de esa oferta es real. Un Compromiso y Liberación (Compromise and Release, o C&R) es un acuerdo de suma única. Así terminan muchos casos laborales. Puede tardar meses en llegar. Las cuentas no esperan tanto tiempo.
Antes de firmar algo, ayuda saber qué permite la ley. California pone límites claros sobre cómo se puede mover dinero de un reclamo abierto. Esos límites marcan lo que un prestamista puede esperar. También señalan otras salidas que no piden ningún préstamo.
Esta guía explica qué dice la ley sobre ceder sus beneficios. También explica por qué casi ninguna empresa de préstamos puede poner un gravamen sobre su cheque, qué alternativas legales existen, y qué preguntar antes de firmar.
¿Es legal este tipo de préstamo en California?
Sí, una empresa privada puede ofrecerle dinero contra un acuerdo futuro. La ley limita otra cosa: que ese préstamo se convierta en un derecho legal sobre su caso.
El Código Laboral de California fija esto en su sección 4900:
No claim for compensation, except as provided in Section 96, is assignable before payment, but this provision does not affect the survival thereof.
En palabras simples: nadie puede comprar su reclamo antes de que se pague. Hay una sola excepción, en la sección 96. Esa norma deja que el Comisionado Laboral del estado tome un premio que no se pagó. Pero solo en un caso muy puntual. La Junta de Apelaciones de Compensación de Trabajadores (WCAB, por sus siglas en inglés) ya determinó que el empleador no tenía asegurado el pago. Y el premio sigue sin pagarse diez días después de quedar firme. Esa es una herramienta de cobro del gobierno. No es una puerta para que una empresa privada compre un interés en su reclamo mientras sigue pendiente.
La sección 4901 refuerza esta misma idea. Lo que usted reclama, lo que le otorgan o lo que le pagan no se puede tomar para cubrir otras deudas suyas. Hay excepciones puntuales, pero esta no es una de ellas. Entonces, cuando una empresa anuncia este tipo de adelanto, no está comprando un derecho legal en su caso. Le está prestando dinero con base en su palabra. Y lo hace bajo un contrato aparte, con sus propios términos.
¿Por qué un prestamista no puede poner un gravamen sobre mi cheque?
La WCAB solo aprueba gravámenes de una lista fija. Esa lista vive en la sección 4903. Un prestamista privado no está en ella.
El Código Laboral fija esa lista en la sección 4903. La WCAB puede aprobar gravámenes contra su pago, pero solo dentro de estas categorías:
| Categoría de gravamen permitida | A quién beneficia |
|---|---|
| Honorarios de abogado | Su abogado, una vez que la WCAB aprueba el monto |
| Gastos médicos y médico legales | Su médico tratante o un evaluador calificado |
| Gastos de manutención tras la lesión | Usted o sus dependientes, en casos puntuales |
| Gastos de entierro | Hasta el monto que fija la ley |
| Manutención familiar | Hijos o cónyuge, si usted los abandona o descuida |
| Beneficios estatales ya pagados por desempleo, incapacidad o permiso familiar | El EDD, cuando esos pagos se cruzaron con su caso |
| Indemnización a víctimas de delitos | El programa estatal para víctimas |
Un prestamista privado no aparece ahí. Eso no vuelve ilegal al préstamo por sí solo. Pero sí significa algo importante. La empresa casi nunca puede entrar a su caso y cobrar sola, directo de su cheque. Eso solo lo hace un titular de gravamen aprobado. Puede leer más sobre cómo funcionan estos gravámenes en un caso laboral, incluido el gravamen de honorarios bajo esta misma sección. El prestamista depende solo del papel que usted firme. No de un derecho que la WCAB revise.
¿Cuál es una salida legal en lugar de este préstamo?
Un adelanto de incapacidad permanente ya se le debe por ley. No es un préstamo que usted pague de vuelta por separado.
Si su lesión deja incapacidad permanente, la sección 4650 fija un plazo claro. Su empleador debe hacer ese primer pago dentro de 14 días. El plazo corre desde su último pago de incapacidad temporal. Esto aplica incluso antes de que su calificación final quede lista.
La sección 4061 exige algo más. Su empleador debe enviarle un aviso por escrito con ese mismo último pago. El aviso debe decir una de tres cosas. Que no se debe incapacidad permanente. O el monto que el empleador cree que usted debe recibir. O que su condición no está lo bastante estable para calificarla todavía.
Si el pago llega tarde, la ley agrega un diez por ciento sobre el monto atrasado. Este adelanto no es un préstamo. Es dinero que la ley ya le asigna, solo que llega antes. Se resta de su premio final. No se paga aparte, encima de este.
A veces un administrador de reclamos deja de pagar incapacidad temporal. Pero no empieza los pagos de incapacidad permanente. Ni envía el aviso que la ley exige. Si esto le pasa a usted, plantee el retraso primero. Hágalo antes de firmar cualquier papel de financiamiento.
¿Me puede ayudar el Seguro Estatal de Incapacidad (SDI) mientras espero?
A veces. Por lo general no se cobran ambos programas en las mismas semanas. Pero el EDD reconoce excepciones reales.
Así lo dice el Departamento del Desarrollo del Empleo (EDD). No es común recibir pago laboral y el SDI, o el Permiso Familiar Pagado (PFL), al mismo tiempo. Aun así, usted podría calificar para un pago total o parcial del SDI. Esto aplica si pasa alguna de estas cosas:
- El empleador o su aseguradora retrasa el pago.
- El empleador o su aseguradora niega el reclamo.
- El pago semanal es menor que el del SDI o el PFL. Podría recibir la diferencia.
- El pago solo cubre atención médica, no el salario perdido.
El propio EDD lo dice sin rodeos. Si no está seguro de calificar, presente la solicitud. Deje que el EDD decida por usted. El SDI no sustituye un premio laboral. Son dos programas distintos. Pero presentar esa solicitud no cuesta nada. Y suele ser más rápido que firmar un contrato de financiamiento mientras su caso sigue en disputa.
¿Qué debo preguntar antes de firmar un papel de financiamiento?
Pregunte cuánto deberá, cuándo, y bajo qué resultado. Pídalo por escrito. Hágalo antes de firmar nada.
El acuerdo que le ofrece el prestamista queda fuera de su caso. Ningún juez revisa sus cargos, como sí revisa la WCAB los honorarios de un abogado bajo la sección 4903. Los términos son solo lo que dice ese papel. Antes de firmarlo, pregunte lo siguiente:
- ¿Cuánto deberé en total a los 6 meses, al año y a los 2 años? Pida la cifra en dólares, no solo un porcentaje.
- ¿Qué pasa si mi caso vale menos de lo esperado? ¿Y si tarda más? ¿Y si nunca se resuelve?
- ¿Debo pagar esto sin importar el resultado, o la empresa solo cobra de mi acuerdo final?
- ¿Este papel limita con quién puedo hablar de mi caso, o cómo lo resuelvo?
- ¿Ya revisó esto mi abogado?
- ¿Recibiré una copia completa y firmada para quedármela?
Su abogado no puede firmar este papel por usted. Pero sí puede revisar su expediente. Puede decirle si un pago anticipado, un aumento por atraso, u otro paso resuelven el mismo problema de dinero. Y sin ese contrato aparte.
Resultados en casos como este
Cada caso es diferente. Los resultados pasados no garantizan, aseguran ni predicen un resultado similar.
$5,000,000
Catastrophic spinal cord injury
$1,500,000
Cervical spine injury
$425,000
Slip and fall accident
Consulta gratis
Llame o envíe el formulario corto. Revisamos su caso, le explicamos sus derechos y sus opciones. Gratis y sin compromiso.
Preparamos su caso
Reunimos la evidencia médica, tratamos con la aseguradora y presentamos todo el papeleo de la corte de compensación laboral (WCAB) por usted.
Buscamos cada beneficio
Atención médica, salarios perdidos y beneficios por discapacidad permanente. No paga honorarios si no ganamos; pueden aplicar costos.
¿Necesita ayuda para decidir sobre este préstamo?
Eman Yazdchi revisa cada caso de California por separado, antes de que usted firme cualquier papel de financiamiento.
¿Su caso sigue abierto y las cuentas no pueden esperar? Llame a Yazdchi Law antes de firmar nada. La firma revisa cada caso de forma individual. Puede confirmar si la ley ya le exige un pago anticipado. También si aplica un aumento por atraso. O si otro paso resuelve la espera sin ese préstamo aparte.
Llame al (661) 273-1780 o use el formulario de contacto para hablar sobre su caso.
¿Quiere conocer más sobre la firma? Vea nuestra guía general para trabajadores lesionados en California.
Preguntas relacionadas
Siga leyendo sobre los gravámenes, el Seguro Social y cómo se calculan los acuerdos.
Esta guía también está disponible en inglés: Pre-Settlement Loans on a California Workers' Comp Case.
¿Lesionado en el trabajo? Hable con nosotros gratis.
La mayoría de los reclamos deben presentarse dentro de un año según la sección 5405 del Código Laboral. Una llamada gratis le dice cómo está su plazo.
Preguntas Frecuentes
¿Puede un prestamista poner un gravamen laboral sobre mi cheque de compensación?
Casi nunca. La WCAB solo aprueba gravámenes de las categorías listadas en la sección 4903. Un prestamista privado no está en esa lista. Depende de un papel aparte. Uno que le pide firmar y pagar de vuelta.
¿Un adelanto de incapacidad permanente es lo mismo que un préstamo?
No. Ese dinero ya se le debe por ley, bajo la sección 4650. Llega una vez que terminan sus pagos de incapacidad temporal. Usted no lo paga de vuelta. No genera intereses. Es solo una parte más temprana del mismo pago, restada de su premio final.
¿Qué hago si la aseguradora de mi empleador no ha empezado los pagos de incapacidad permanente?
Revise la fecha de su último pago de incapacidad temporal. La sección 4650 exige el primer pago dentro de 14 días después de esa fecha. Un pago atrasado suma un diez por ciento. Pida el aviso por escrito que exige la sección 4061. Plantee el retraso antes de firmar cualquier papel de financiamiento.
¿Puedo cobrar el Seguro Estatal de Incapacidad mientras mi caso sigue abierto?
A veces. El EDD dice que no es común recibir ambos pagos a la vez. Pero usted podría calificar si su pago laboral está retrasado, fue negado, es menor que el del SDI, o solo cubre atención médica. Presente la solicitud y deje que el EDD decida. No asuma que no califica.
¿Firmar un papel de financiamiento afecta mi caso en sí?
Ese papel es un acuerdo separado entre usted y el prestamista. Por sí solo, no entra a su expediente. Aun así, pregunte si limita lo que usted puede aceptar al resolver el caso. Cuéntele a su abogado sobre ese papel antes de llegar a un acuerdo.
¿Qué debo llevar a una consulta si pienso en este tipo de préstamo?
Lleve el papel de financiamiento. Sus avisos de beneficios más recientes. La fecha de su último pago de incapacidad temporal. Y cualquier carta sobre incapacidad permanente. Una breve cronología de lo pagado, y cuándo, puede mostrar si la ley ya le exige un adelanto.
¿Son ilegales estos préstamos en California?
No necesariamente, y esta página no dice eso. La ley limita cuándo se puede ceder o gravar un pago laboral antes de recibirlo. Eso define cómo puede esperar cobrar un prestamista. Lea cada papel con cuidado. La WCAB no revisa esos términos privados.
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