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California · Compensación Laboral

¿Puedo Presentar un Reclamo de Compensación Laboral Después de un Despido en California?

Sí, en la mayoría de los casos. La ley de California permite presentar un reclamo de compensación laboral después de un despido, un recorte, o una salida voluntaria. La sección 3600(a)(10) del Código Laboral exige una prueba extra solo si usted reclama después de ese aviso, por una lesión de antes. Debe probar una de cuatro excepciones, explicadas aquí en palabras simples.

Eman Yazdchi, Esq., Especialista Certificado en Derecho de Compensación Laboral, California Board of Legal Specialization, State Bar of California.

No Paga Si No Ganamos (Pueden Aplicar Costos)English · Español · Farsi14+ Años
Eman Yazdchi, Certified Specialist in Workers' Compensation Law (California Board of Legal Specialization, State Bar of California)
Eman Yazdchi, Esq.Certified Specialist, Workers’ Compensation Law
California Board of Legal Specialization, State Bar of California
14+
Años de práctica
2,000+
Casos manejados en 14+ años
$50M+
Recuperado en 14+ años
3
Idiomas: English, Español, Farsi

Los resultados pasados no garantizan, aseguran ni predicen casos futuros. Cada caso es diferente y los resultados dependen de hechos y circunstancias específicas.

Preparado por Yazdchi Law

¿Qué pasa si presento mi reclamo después de que me despidieron?

La ley no le quita su derecho a reclamar solo por perder el empleo. Pero si reclama después de un aviso de despido, por una lesión de antes, debe probar una de cuatro excepciones.

Perder el trabajo no borra su derecho a reclamar. Puede reclamar después de que lo despidieron. También tras un recorte. O después de una salida voluntaria.

Muchos trabajadores se preocupan por esto. Los despiden poco después de lastimarse en el trabajo. La pregunta se vuelve difícil cuando el aviso llega primero. Y el reclamo se presenta después.

California tiene una regla para ese caso. Es la sección 3600(a)(10) del Código Laboral. Esta regla no prohíbe el reclamo. Solo agrega un paso más: la prueba.

Except for psychiatric injuries governed by subdivision (e) of Section 3208.3, where the claim for compensation is filed after notice of termination or layoff, including voluntary layoff, and the claim is for an injury occurring prior to the time of notice of termination or layoff, no compensation shall be paid unless the employee demonstrates by a preponderance of the evidence that one or more of the following conditions apply:

En palabras simples, la regla solo aplica en un caso puntual. Usted ya recibió un aviso de que su empleo terminaba. Su lesión pasó antes de ese aviso. Y usted reclamó después del aviso.

Si falta una sola de esas tres partes, la regla no aplica. Un ajustador puede usar este punto para cuestionar su reclamo. Eso no significa que su reclamo esté perdido. Solo significa que debe probar una de las cuatro excepciones. El estándar legal se llama preponderancia de la evidencia. En palabras simples: más pruebas a favor que en contra.

¿Cuáles son las cuatro excepciones que me permiten reclamar después del despido?

Puede proteger su reclamo si su empleador ya sabía de la lesión. O si su expediente médico ya la mencionaba. O si la fecha oficial de la lesión cae después del aviso.

Una vez que la regla aplica, usted debe probar una de cuatro cosas. Las primeras dos muestran que alguien ya sabía de la lesión: el empleador, o el expediente médico. Las otras dos dependen de una fecha oficial. Esa fecha debe ser posterior al aviso.

ExcepciónQué cubreEjemplo
El empleador ya tenía avisoUsted, su médico o un compañero ya reportaron la lesión al empleador antes del aviso de despido.Usted llenó un reporte de incidente semanas antes de recibir el aviso de recorte.
Ya existía un expediente médicoSu expediente médico, de antes del aviso, ya muestra la lesión.Una visita de urgencias por dolor de espalda, fechada un mes antes del aviso.
La lesión ocurrió durante el periodo de avisoLa fecha oficial de una lesión específica cae después del aviso, pero antes de su último día real.Recibió un aviso de dos semanas y se lastimó el hombro en el noveno día, todavía trabajando.
Una lesión acumulativa descubierta despuésPara una lesión que se desarrolla con el tiempo, la fecha de descubrimiento cae después del aviso.Años de carga pesada en una bodega le causaron dolor de espalda que un médico conectó con el trabajo después del recorte.

Las primeras dos excepciones dependen de papeles viejos. Si su empleador ya tenía aviso de la lesión, la regla no bloquea su caso. Lo mismo pasa si su expediente médico ya la mencionaba, antes del aviso.

Las otras dos excepciones dependen de fechas. Para un accidente puntual, la sección 5411 del Código Laboral fija la fecha oficial. Es el día en que ocurrió el accidente. Si ese día cae después del aviso, pero antes de su último día, su caso cumple la excepción. Usted seguía trabajando, cumpliendo su aviso, cuando se lastimó.

¿Qué pasa si mi lesión se desarrolló poco a poco y no la noté hasta después del despido?

La ley usa la fecha en que usted descubrió la lesión. No usa la fecha del primer síntoma. Si esa fecha de descubrimiento es posterior al aviso, su caso no se bloquea.

No toda lesión de trabajo pasa en un momento. Años de carga, o movimiento repetido, pueden causar una condición lenta. Vea cómo se reclama una lesión acumulativa en California para más detalle.

La sección 5412 del Código Laboral fija la fecha de estas lesiones. Es el día en que usted supo que el trabajo causó su condición. O el día en que debió haberlo sabido. No es la fecha en que empezó la molestia.

Esto importa para un caso después de un despido. Imagine diez años cargando cajas. El dolor de muñeca creció poco a poco. Un médico le dice, después de su recorte, que la condición viene del trabajo. Esa fecha del diagnóstico es su fecha legal de lesión. Como es posterior al aviso, su caso cumple la cuarta excepción.

Esta regla no aplica a una lesión psiquiátrica. Las lesiones psiquiátricas siguen una regla distinta, en la sección 3208.3. Tiene sus propias excepciones.

¿Qué pasa si recibí un aviso de despido pero sigo trabajando?

Si pasan 60 días después del aviso, y usted sigue trabajando, la regla deja de aplicar. Solo vuelve a aplicar con un aviso nuevo.

Esta regla solo empieza si el despido ocurre dentro de 60 días del aviso. Si usted sigue trabajando más de 60 días después, ese aviso ya no cuenta. La regla solo vuelve a aplicar si llega un aviso nuevo.

La ley también protege contra avisos repetidos. Un empleador no puede mandar avisos solo para mantener esta regla vigente. Eso se considera mala fe. Cuando pasa, la regla deja de aplicar a ese trabajador.

La regla funciona igual en un despido, un recorte, o una salida voluntaria. La ley nombra la salida voluntaria directamente. Una indemnización no lo deja en peor posición que un recorte normal.

¿Qué debo hacer ahora para proteger mi reclamo?

Anote la fecha exacta en que supo que su empleo terminaba. Junte cualquier papel médico fechado antes de ese día.

  • Anote la fecha exacta del aviso: por carta, correo, texto, o conversación.
  • Junte todo lo fechado antes del aviso. Un reporte de incidente. Un correo de su supervisor. Un mensaje sobre dolor. O una visita médica.
  • Si su lesión es acumulativa, pida una nota de su médico. Debe decir cuándo usted conectó la condición con su trabajo.
  • Guarde la carta que terminó su empleo. Su fecha suele ser el dato más importante.
  • Reporte la lesión pronto. Presente su reclamo pronto. Esperar le da a la aseguradora más espacio para dudar.
  • Hable con un abogado desde el principio. Organizarse temprano vale la pena.

Resultados en casos como este

Cada caso es diferente. Los resultados pasados no garantizan, aseguran ni predicen un resultado similar.

$5,000,000

Catastrophic spinal cord injury

$1,500,000

Cervical spine injury

$425,000

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Llame o envíe el formulario corto. Revisamos su caso, le explicamos sus derechos y sus opciones. Gratis y sin compromiso.

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Un caso tras un despido no está perdido. Pero es más difícil ganarlo sin la prueba correcta. Yazdchi Law atiende a trabajadores en todo California, desde su oficina en Palmdale. Si lo despidieron, hubo un recorte, o aceptó una salida voluntaria, una llamada breve puede ayudarle. Puede ver cuál excepción aplica a su caso. La firma revisa cada caso de forma individual. No acepta todos los casos.

Llame al (661) 273-1780. O use el formulario de contacto. Pida que revisen su cronología. No hay costo a menos que usted reciba una compensación.

Esta guía también está disponible en inglés: Post-Termination Workers' Comp Claims: Can You Still File?

Preguntas relacionadas

Estas situaciones también surgen seguido. Pasan cuando un trabajador pierde el empleo y abre un caso de compensación en California.

¿Lesionado en el trabajo? Hable con nosotros gratis.

La mayoría de los reclamos deben presentarse dentro de un año según la sección 5405 del Código Laboral. Una llamada gratis le dice cómo está su plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Importa si me despidieron, hubo un recorte de personal, o acepté una salida voluntaria?

No. La sección 3600(a)(10) trata estos tres casos igual. La ley nombra la salida voluntaria directamente. Lo que importa es la fecha del aviso. Y la fecha real de su lesión.

¿Qué pasa si mi empleador me da un aviso de despido, pero sigo trabajando más de 60 días?

Ese aviso deja de contar. La regla solo aplica si el despido ocurre dentro de 60 días del aviso. Pasados esos 60 días, la regla ya no aplica. A menos que llegue un aviso nuevo.

¿Puede mi empleador mandarme avisos de despido repetidos solo para mantener esta regla vigente?

No. Eso se considera mala fe. Cuando pasa, la regla deja de aplicar a ese trabajador por completo.

¿Esta regla aplica a un reclamo por una lesión psiquiátrica?

No. Una lesión psiquiátrica sigue una regla distinta, en la sección 3208.3. Tiene sus propios requisitos y excepciones.

¿Qué cuenta como que mi empleador ya tenía aviso de mi lesión?

Esta excepción se fija en quién sabía, y cuándo. Usted, su médico, o un compañero, pudieron reportar la lesión antes del aviso. Un reporte con fecha ayuda a probarlo. O un correo de su supervisor.

¿Qué tipo de prueba realmente ayuda a demostrar una de estas excepciones?

Cualquier papel fechado antes del aviso ayuda. Un reporte de incidente. Un correo de su supervisor. Un mensaje sobre dolor o un accidente. Para una lesión acumulativa, la nota de un médico es clave.

¿Es lo mismo que me despidan por haber presentado un reclamo?

No, son dos problemas distintos. Esta página cubre reclamar después de perder el empleo. Otro problema distinto es ser despedido por presentar un reclamo. Eso tiene sus propias protecciones legales.

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